La entrada en vigor de la reforma para reducir la jornada laboral en México marca el inicio de una transición que llevará al país hacia semanas laborales de 40 horas. La modificación al artículo 123 constitucional fue publicada recientemente en el Diario Oficial de la Federación y establece un periodo gradual de implementación.
Aunque aún se deberá actualizar la legislación secundaria, particularmente la Ley Federal del Trabajo, ya existen disposiciones vigentes que sancionan a los patrones que excedan los límites legales de trabajo.
Las multas previstas actualmente oscilan entre 250 y 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Con el valor vigente en 2026, estas sanciones pueden ir de poco más de 29 mil pesos hasta superar los 586 mil pesos.
Transición hacia las 40 horas
El ajuste en la duración de la jornada se realizará de forma paulatina durante tres años. La reducción comenzará en 2027 con una disminución anual de dos horas, hasta alcanzar el objetivo final en 2030.
El calendario propuesto contempla las siguientes jornadas:
- 46 horas semanales en 2027
- 44 horas en 2028
- 42 horas en 2029
- 40 horas en 2030
Durante este proceso, las autoridades laborales supervisarán que las empresas cumplan con los nuevos parámetros.
Supervisión y sanciones
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la dependencia encargada de determinar las sanciones correspondientes. Para fijar el monto de la multa se considerarán elementos como la gravedad de la falta, el número de trabajadores afectados, la intención del empleador y su situación económica.
La legislación también establece que, si una empresa reincide en la infracción, el monto de la sanción puede duplicarse.
Horas extraordinarias y riesgos legales
El nuevo esquema laboral establece un máximo de 12 horas extraordinarias a la semana, además de un límite de cuatro horas pagadas al triple.
Si se superan estos parámetros, las consecuencias no solo serían administrativas. De acuerdo con la legislación contra la trata de personas, imponer jornadas superiores a lo permitido podría tipificarse como explotación laboral.
Este delito contempla penas de tres a diez años de prisión, además de sanciones económicas que pueden alcanzar hasta 50 mil días de multa.
Como parte de las medidas para verificar el cumplimiento de la normativa, se prevé que las empresas implementen sistemas electrónicos para registrar el horario de inicio y término de la jornada laboral, información que deberá estar disponible para las autoridades laborales cuando lo soliciten.